Cuáles son las vacaciones y permisos en la Guardia Civil

Vacaciones y permisos en la Guardia CIvil

Los guardias civiles, como cualquier otro funcionario del Estado, tienen derecho a vacaciones anuales y a un conjunto de permisos. En este artículo analizamos los más importantes.

Orden general de vacaciones en la Guardia Civil

La norma que regula las vacaciones y permisos en la Guardia Civil es la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil.

En su artículo 29, esta Ley dice que los miembros de este Instituto Armado “tendrán derecho a disfrutar de las vacaciones, permisos y licencias previstos por la legislación general de los funcionarios de la Administración General del Estado, adaptado reglamentariamente a las funciones y cometidos del Cuerpo”.

Por otro lado, la norma fundamental, y que fija los mínimos vacacionales, es el Estatuto Básico del Empleado Público. No se pueden establecer vacaciones y permisos por debajo de los límites que configura esta ley. En caso de tener problema con vacaciones, permisos o retribuciones relacionadas, lo mejor es asesorarse con nuestro abogado para guardias civiles.

Los detalles sobre vacaciones y permisos de guardias civiles están desarrollados en la Orden General número 1, dada en Madrid a 22 de enero de 2016, por la que se regulan las vacaciones, permisos y licencias del personal de la Guardia Civil. Esta Orden ha sido modificada con posterioridad por la Instrucción 2/2019 del Director General de la Guardia Civil.

La Orden General es la que detalla cómo se deben solicitar las vacaciones y permisos, cuál es su duración, cuáles son los permisos concretos y otras circunstancias de especial relevancia.

Podemos ayudarle, consulte con nuestro abogado

Vacaciones en la Guardia Civil

La Orden General de vacaciones y permisos dice en su artículo 4 que los guardias civiles tienen derecho a 22 días hábiles de vacaciones por cada año de servicio efectivo.

Además, en función de los años de servicio, el número de días se incrementa de la siguiente manera:

  • 15 años de servicio: 1 días adicional.
  • 20 años de servicio: 2 días adicionales.
  • 25 años de servicio: 3 días adicionales.
  • 30 años o más de servicio: 4 días adicionales.

También existe la posibilidad de que el Director General de la Guardia Civil agregue a los 22 días de vacaciones otros 11 días hábiles por año, en función de las especiales características del destino que se ocupe.

Las vacaciones se deben solicitar y autorizar por el mando, y pueden fraccionarse, aunque se deben disfrutar en periodos mínimos de 5 días consecutivos.

Permisos en la Guardia Civil

Los guardias civiles pueden solicitar diversos permisos en función de circunstancias concretas. Los más importantes son:

  • Permiso por asuntos particulares: hasta 6 días por año. Si se han cumplido seis trienios, se tendrá derecho a 2 días más al año. Se pueden incrementar los días en función de si festividades nacionales no recuperables, así como el 24 y 31 de diciembre, caen en festivos.
  • Permiso en fechas señaladas: 3 días consecutivos en Semana Santa y Navidad.
  • Permiso por fin de misión en el extranjero: 1 día por cada 12 días naturales completos de misión. El máximo será de 30 días naturales.
  • Por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar, cónyuge pareja de hecho o conviviente: si es de primer grado de consanguinidad o afinidad, hasta 5 días hábiles. Si es un familiar dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad, 4 días hábiles. Cuando se trate de fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o familiar dentro del primer grado de consanguinidad o afinidad, 3 días hábiles en la misma localidad o 5 días hábiles, en distinta localidad. En el caso de fallecimiento de familiar dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad, el permiso será de 2 días hábiles en la misma localidad o 4 días hábiles, en distinta localidad. (Modificado por el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, en vigor desde el 30 de junio de 2023).
  • Traslado de domicilio sin cambio de residencia: 1 día.
  • Exámenes finales o pruebas en escuelas oficiales: el día de su celebración.
  • Exámenes prenatales, técnicas de preparación al parto, adopción o acogimiento: tiempo indispensable para su realización.
  • Técnicas de fecundación o reproducción asistida: el tiempo necesario para su realización, excepto si, por prescripción médica, requiere reposo.
  • Lactancia de hijo menor de 12 meses: 1 hora de ausencia del trabajo, que se podrá dividir en dos fracciones. Se puede sustituir por un permiso máximo de 28 días naturales (acumulación de jornadas).
  • Permiso parental para el cuidado de hijo, hija o menor acogido por tiempo superior a un año, hasta el momento en que el menor cumpla ocho años: máximo de 8 semanas, continuas o discontinuas, a tiempo completo o en jornada parcial, cuando las necesidades del servicio lo permitan y conforme a los términos que reglamentariamente se establezcan. (Modificado por el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, en vigor desde el 30 de junio de 2023).
  • Nacimiento de hijos prematuros o que deban permanecer hospitalizados: 2 horas diarias de ausencia, con retribuciones íntegras. También se puede reducir la jornada en 2 horas, con reducción de salario.
  • Guarda legal, cuidado de mayores dependientes o discapacitados: derecho a reducción de jornada entre un décimo y la mitad del horario, con reducción de retribuciones.
  • Cuidado de familiar de primer grado por enfermedad muy grave: reducción hasta la mitad de jornada semanal, con retribuciones íntegras y máximo 1 mes.
  • Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal y por deberes relacionados con la conciliación de la vida familiar y laboral: el tiempo indispensable.
  • Matrimonio o registro o constitución formalizada por documento público de pareja de hecho: 15 días naturales, con anterioridad o posterioridad. (Modificado por el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, en vigor desde el 30 de junio de 2023).
  • Embarazo: a partir de la 37ª semana de embarazo (9 meses y una semana), retribuido. Si embarazo múltiple, desde la semana 35ª (8 meses y 3 semanas).
  • Nacimiento para la madre biológica (parto): 16 semanas.
  • Progenitor diferente de la madre biológica (paternidad), incluida guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo: 16 semanas.
  • Adopción, por guarda con fines de adopción, o acogimiento, tanto temporal como permanente: 16 semanas.
  • Violencia de género: se consideran justificadas las faltas de asistencia de mujeres guardias civiles que hayan sufrido violencia de género. También da derecho a reducción de jornada o reordenación del tiempo de trabajo.
  • Cuidado de hijo menor afectado de cáncer o enfermedad grave: reducción de jornada hasta la mitad, con retribuciones íntegras, durante hospitalización y tratamiento continuado.
  • Víctimas de terrorismo: reducción de jornada con disminución de retribución.

¿Qué hacer si me deniegan los permisos en la Guardia Civil?

Las decisiones sobre permisos y vacaciones deben ser motivadas por la autoridad que tiene la potestad para organizar el servicio.

Si, tras solicitar el correspondiente permiso o periodo de vacaciones es denegado, la única opción que cabe es recurrir esta decisión.

El recurso será administrativo en un primer momento y, si nuestras alegaciones también son desestimadas, sólo queda la posibilidad de recurrir ante los tribunales contencioso-administrativos para que un juez nos dé la razón.

Contacte con nuestro abogado – Teléfono/Whatsapp 644.678.136

Nombre y apellidos
Los datos personales que nos facilite por este formulario pasarán a formar parte de una base de datos propiedad de Pactio Mediación SC. Usted puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y demás sobre sus datos escribiendo un correo a hola@pactiolegal.es. Si no está conforme con el tratamiento de sus datos personales, puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es).
Excelente calificación
A base de 39 reseñas
Google star 1Google star 2Google star 3Google star 4Google star 5
Google star 1Google star 2Google star 3Google star 4Google star 5
Son unos auténticos profesionales, tanto Beatriz como David, con un trato muy personal y eficaz, totalmente recomendable.
Angel Jimenez suarez profile picture
Angel Jimenez suarez
100 days ago
Google star 1Google star 2Google star 3Google star 4Google star 5
Nos han llevado un caso muy delicado para nosotros y han estado preocupándose desde el minuto uno, con seguimiento del caso y haciéndonos sentir completamente arropados.Estamos super contentos
Leire Gallego Prados profile picture
Leire Gallego Prados
172 days ago
Google star 1Google star 2Google star 3Google star 4Google star 5
Asesoramiento muy efectivo, han conseguido lo que otros negaban que se pudiera hacer.
jesus acosta profile picture
jesus acosta
208 days ago
Google star 1Google star 2Google star 3Google star 4Google star 5
Un equipo de 10, desde el primer momento estuvieron muy atentos y al pie del cañón. Solo palabras de agradecimiento.
A P profile picture
A P
228 days ago
Google star 1Google star 2Google star 3Google star 4Google star 5
Extraordinaria profesionalidad, metodología y seriedad. Hacienda me devolvió una cantidad importante de dinero de despliegues en Europa (Inglaterra) gracias al saber hacer de este buffete. Confiaré en ellos siempre.
MIGUEL LORENTE NAVARRO profile picture
MIGUEL LORENTE NAVARRO
262 days ago
Google star 1Google star 2Google star 3Google star 4Google star 5
Excelentes profesionales.
Alfonso Bedia profile picture
Alfonso Bedia
263 days ago
Google star 1Google star 2Google star 3Google star 4Google star 5
Excelentes profesionales. Competentes, dedicados, atentos y siempre atentos y dispuestos a ayudar. Además, el resultado de mi reclamación fue estimatorio. Recomendable 100%. Mi agradecimiento y un abrazo muy fuerte a David Fernández Sánchez
Ignacio Bodega profile picture
Ignacio Bodega
276 days ago
Google star 1Google star 2Google star 3Google star 4Google star 5
Quedo agradecido tanto a David como a Beatriz, por su gran profesionalidad y trato personal. El recurso de reclamación del IRPF devengado en Líbano en los años 21/22, en un principio denegado por Hacienda, ha sido estimado favorablemente. Habiendo recibido la transferencia del importe reclamado gracias a la mediación y tramitación de la documentación elaborada por el equipo de PACTIO LEGAL, Muchísimas gracias. Juan Cruz.
juan cruz profile picture
juan cruz
289 days ago
Google star 1Google star 2Google star 3Google star 4Google star 5
Que decir...grandes profesionales...en todo los aspectos...David un crack...apoyo total y confianza desde el principio...muy recomendable.... muchas gracias por tu trabajo ..con gente como tú... viviríamos de otra manera...GRANDE
José Manuel Aparició profile picture
José Manuel Aparició
316 days ago
Google star 1Google star 2Google star 3Google star 4Google star 5
La verdad que desde el primer momento que contacte con ellos me ayudaron y asesoraron y estoy súper contenta gracias de corazon
Maria del valle Arroyo sanz profile picture
Maria del valle Arroyo sanz
325 days ago
Verificado por: Trustindex
La insignia verificada de Trustindex es el símbolo universal de confianza. Solo las mejores empresas pueden obtener la insignia verificada si tienen una puntuación de revisión superior a 4.5, basada en las reseñas de clientes de los últimos 12 meses. Leer más
By David Fernández Sánchez

Abogado adscrito al Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM). Me dedico al derecho militar y al derecho penal, y también defiendo en algunas materias de derecho administrativo y laboral.

Related Posts

Pactio Legal
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.