Los documentos del rescate financiero de Ávoris deberán hacerse públicos

El Gobierno tendrá que hacer público el acuerdo del rescate financiero que concedió al grupo turístico Ávoris durante la pandemia de Covid-19. Este acuerdo contiene los detalles y condiciones de esta ayuda, de 320 millones de euros, que sirvió para mantener a flote una de las principales empresas turísticas españolas.

En nuestro despacho hemos conseguido que el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo 3 de Madrid desestime la demanda que el Ministerio de Hacienda y Función Pública interpuso para anular una resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) que declaraba el derecho de nuestro cliente a acceder a esta información. El Gobierno ya ha recurrido la decisión judicial.

En Pactio Legal estamos especializados en los asuntos de transparencia de las Administraciones Públicas y en la defensa de nuestros clientes para conseguir que la administración rinda cuentas de su gestión y del gasto público.

Esta sentencia es la primera que se ha emitido con relación a los rescates millonarios que el Gobierno aprobó durante la pandemia de Covid-19 para grandes empresas como Air Europa, Hotusa, Tubos Reunidos o las clínicas dentales Vivanta, entre otras compañías.

¿Cómo empezó el litigio sobre Ávoris?

En marzo de 2021, nuestro cliente presentó su solicitud de acceso a la información, amparada en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTAIBG).

En ese escrito pedía la resolución del Consejo Gestor del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas (FASEE) en la que se aprobó el acuerdo de apoyo financiero público temporal, así como el acceso al acuerdo de accionistas o al acuerdo de gestión con Ávoris.

Este fondo de rescate lo gestionaba la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), que se negó a facilitar la información sobre Ávoris. Así que nuestro cliente reclamó ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, que le concedió el acceso a la información el 18 de julio de 2022.

SEPI, a través del Ministerio de Hacienda y Función Pública, impugnó esta decisión ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo 3 de Madrid. Los motivos del Gobierno eran variados, pero en resumen se alegaba que la información pedida era confidencial, tal y como determinaba el real decreto-ley que creaba y regulaba el FASEE, y, por otro lado, que se debía limitar el acceso a la información por perjuicio a los intereses económicos y comerciales de la empresa, además de perjuicio a la política económica y monetaria del Estado.

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La información del recate tiene interés público

En su sentencia del 5 de mayo de 2023, el magistrado del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo 3 de Madrid, indica que “la confidencialidad de la información no puede ser absoluta” y que “es obligatorio realizar un análisis de proporcionalidad sobre la información solicitada y disponible en el expediente y también sobre su interés público”.

Para el magistrado, la Ley de Transparencia es plenamente aplicable a los documentos de la ayuda concedida a Ávoris, “porque no hay regulación alternativa en las normas que crean y amparan el funcionamiento del FASEE”. El juez también añade que “la información solicitada tiene completo interés público”.

El Ministerio defendía en su demanda la absoluta confidencialidad de la información, pero el magistrado ha acogido los argumentos de nuestro despacho para decir que “ello equivaldría a defender que existen ámbitos presupuestarios inmunes al control ciudadano, argumento que se opone al mandato constitucional del artículo 105.b) de la Constitución Española, que dice que ‘la ley regulará el acceso de los ciudadanos a los archivos y registros administrativos, salvo en lo que afecte a la seguridad y defensa del Estado, la averiguación de los delitos y la intimidad de las personas'”. Ninguno de estos bienes se ponía en peligro con el acceso a la información solicitada.

Rendición de cuentas del uso de dinero público

También hemos conseguido que el juez desestime los hipotéticos perjuicios a los intereses comerciales de Ávoris y a la política económica y monetaria. “Existen razones de peso por las que debe de prevalecer la transparencia en el ámbito que nos ocupa, dado que se trata de facilitar información en aras de la rendición de cuentas en relación con el uso del dinero público, interés que debe de prevalecer al no haberse acreditado de contrario ningún daño real y efectivo a los intereses de la sociedad”, concluye el magistrado.

El juez de lo contencioso-administrativo termina su sentencia explicando que la ayuda del FASEE (que tiene naturaleza de ayuda de Estado) implica la necesidad de dotar de transparencia su concesión para poder controlar que se ha realizado a empresas no financieras, que atraviesen severas dificultades de carácter temporal, consecuencia de la pandemia de Covid-19, y que se diese a empresas estratégicas para el tejido productivo nacional o regional.

El FASEE tenía un capital 10.000 millones de euros y concedió 30 ayudas, la mayoría a grandes empresas del sector turístico. Ávoris es un conglomerado turístico que nació con la fusión de la división de agencias de viajes de Barceló y el Grupo Globalia (Halcón Viajes) en 2021. Dentro del grupo están marcas reconocidas como la cadena de agencias de viajes B Travel, la aerolínea Iberojet o la web Muchoviaje.

También hemos ganado el recurso de apelación

La sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 3 de la Audiencia Nacional fue recurrida en apelación por la Abogacía del Estado, al no estar conforme con el fallo.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la Abogacía del Estado, condenando al Estado al pago de las costas por este recurso.

En su sentencia, la Sala de la Audiencia Nacional reitera el criterio de otros asuntos similares: existe un interés público en conocer la información del uso del dinero público de este rescate millonario en plena pandemia de Covid-19; y la política económica del Estado no se ve perjudicada por la revelación de esta información.

Con seguridad, al igual que ha realizado en casos parecidos, la Abogacía del Estado recurrirá esta sentencia en casación ante el Tribunal Supremo.

Actualización, a 16 de julio de 2025: como preveíamos, la Abogacía del Estado recurrió ante el Tribunal Supremo, que será quien tendrá que decidir si los rescates de la pandemia a las empresas turísticas españolas pueden hacerse públicos y tienen interés general.

Los documentos judiciales del caso

Nuestro cliente nos ha autorizado a publicar los documentos judiciales del caso:

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By David Fernández Sánchez

Abogado adscrito al Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM). Me dedico al derecho militar y al derecho penal, y también defiendo en algunas materias de derecho administrativo y laboral.

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