Estafa: estiman el recurso de apelación y absuelven a nuestro cliente

La Audiencia Provincial de Madrid ha estimado el recurso de apelación que presentamos frente a la injusta condena por estafa leve de nuestro cliente.

La magistrada de la Audiencia Provincial ha considerado, como defendíamos en nuestro recurso, que durante el juicio no hubo ninguna prueba que indicase que el autor de la estafa fuese el cliente de Pactio Legal.

Los hechos

Nuestro cliente fue denunciado por un delito leve de estafa. La persona perjudicada se puso en contacto con un particular a través de una web de anuncios para comprarle las entradas que anunciaba a un partido de fútbol.

A través de Whatsapp, el estafador envió una fotografía del DNI de nuestro cliente al perjudicado para dar mas credibilidad a la operación. El estafado cayó en la trampa y pagó la mitad del precio de las entradas. El estafador nunca le entregó las entradas ni se puso en contacto con él.

El juicio

Para ir al juicio, que se celebró en el Juzgado de Instrucción 31 de Madrid, nuestro cliente confió su defensa a nuestro abogado penalista en Madrid.

En la vista quedó acreditado que el teléfono a través del que se realizó la estafa no pertenecía a nuestro cliente.

Además, la persona estafada presentó en el juicio una conversación de Whatsapp en la que figuraba la fotografía del DNI de nuestro cliente y la foto con la cara del presunto estafador. La persona que aparecía en esta foto no se correspondía con los rasgos de nuestro cliente.

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El perjudicado también aportó una grabación de una llamada telefónica con el estafador y se pudo comprobar que la voz de esa persona no se asemejaba a la de nuestro cliente.

Por si todas estas pruebas fuesen pocas, en el expediente judicial constaba un informe de la Policía Nacional indicando que el teléfono usado en la estafa estaba a nombre de un extranjero (nuestro cliente es nacional español). En el expediente también figuraba la denuncia policial que había interpuesto nuestro cliente por el uso de su DNI por otras personas y la usurpación de su identidad.

Nuestra defensa se fundó en la inexistencia de prueba que relacionase a nuestro cliente con los hechos delictivos, junto con otras pruebas que aportamos para evidenciar que no había tenido nada que ver en esa estafa.

A pesar de la contundencia de las pruebas, el juez decidió condenar a nuestro cliente por el delito de estafa leve.

La apelación ante la Audiencia Provincial

En nuestro recurso de apelación frente a la sentencia condenatoria defendimos que nuestro cliente no era el autor de los hechos y analizamos la prueba existente al respecto.

Nuestra argumentación se sostuvo sobre la irrazonable valoración de la prueba que había realizado el primer juez.

La magistrada que ha resuelto el recurso nos ha dado la razón, ha modificado los hechos probados de la sentencia para declarar que nuestro cliente no fue autor de la estafa y ha absuelto a nuestro cliente del delito por el que había sido injustamente condenado.

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El uso del DNI

Puede hacerse la siguiente pregunta: ¿cómo tenía el estafador una fotografía del DNI de nuestro cliente? Aunque pueda parecer raro, este uso fraudulento de la identidad de otros está a la orden del día.

La foto del DNI de nuestro cliente se pudo hacer en momentos cotidianos, por ejemplo, si lo dejó al dependiente para pagar en un comercio. O cuando vamos a un hotel y lo entregamos para registrarnos en recepción.

Pero, para algunos trámites, no es necesario tener la foto de nuestro DNI. Con el número basta. Y damos el número con mucha mayor frecuencia de la que pensamos, por ejemplo, cuando un repartidor nos trae un paquete a casa. O en algunas llamadas telefónicas. O introduciéndolo en páginas web.

Por eso, nuestra recomendación siempre es no dar nuestro DNI a nadie que no sea un organismo público o de confianza. Y mucho menos, dejar nuestro DNI a otras personas o enviar una foto por Whatsapp o por correo electrónico.

Si le han acusado erróneamente de estafa o si ha sido víctima de una estafa, lo primero que debe hacer es denunciarlo ante la Policía. Después, contacte con nosotros para que le podamos defender.

Contacte con nuestro abogado – Teléfono/Whatsapp 644.678.136

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By David Fernández Sánchez

Abogado adscrito al Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM). Me dedico al derecho militar y al derecho penal, y también defiendo en algunas materias de derecho administrativo y laboral.

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