¿Qué hacer si me deniegan mi reclamación de transparencia?

Solicitud administrativa

Todo ciudadano, y cualquier empresa, puede realizar una solicitud de acceso a la información pública para conocer los detalles de cómo se usa el presupuesto público o cómo se toman las decisiones por los gobernantes. Pero, ¿qué hacer si me deniegan mi reclamación de transparencia?

Recurso ante la denegación de la solicitud de transparencia

Cuando presentamos una solicitud de acceso a la información pública, o de transparencia, la Administración tiene un plazo de 1 mes para contestarnos.

Este plazo se puede ampliar en diversas circunstancias, como si la documentación que se debe preparar es muy voluminosa o se deben tratar numerosos datos.

Si pasado ese mes la Administración no responde a nuestra solicitud o nos la deniega, el siguiente paso es presentar una reclamación.

Dependiendo de la Administración ante la que hayamos solicitado la información, la reclamación se deberá presentar ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) o bien ante el organismo autonómico que se encargue de resolver estas reclamaciones.

El CTBG o el organismo autonómico tienen un plazo de 6 meses para resolver nuestra reclamación, dándonos la razón y el acceso a la información solicitada o bien desestimando nuestra reclamación.

Consulte su caso con nuestro abogado

Recurso judicial si me deniegan la reclamación de transparencia

Si el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, o el organismo autonómico, no nos da la razón e impiden nuestro acceso a la información solicitada, tendremos que presentar un recurso contencioso-administrativo.

El recurso contencioso-administrativo es una demanda judicial que se interpone para luchar contra una resolución administrativa que nos parece injusta.

Para este recurso judicial es necesario un abogado dedicado al Derecho administrativo, como el que trabaja en nuestro despacho Pactio Legal.

En función del tipo de tribunal al que nos dirijamos (por ejemplo, un Tribunal Superior de Justicia o el Tribunal Supremo), también será necesario contratar un procurador.

El recurso contencioso-administrativo garantiza que un juez imparcial, sin ninguna relación con la Administración y con el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, estudie nuestro caso y pueda concedernos el acceso a la información o la documentación solicitada.

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By David Fernández Sánchez

Abogado inscrito en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) con número de colegiado 137.019. Mis áreas de especialización son el Derecho militar, administrativo, laboral y penal. También soy mediador de conflictos civiles y mercantiles.

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