
El delito de conducción sin carné, es decir, conducir un coche o moto habiendo perdido todos los puntos, la vigencia del carné o no habiendo conseguido nunca el carné de conducir, es uno de los más comunes en los tribunales españoles.
Si somos objeto de una investigación por este motivo, nos citarán a un juicio rápido en el tribunal correspondiente. Es obligatorio tener abogado para este juicio.
¿Cuál es el delito de conducción sin carné?
El delito de conducción sin carné es un delito contra la seguridad vial y está tipificado en el artículo 384 del Código penal español. Este delito se comete cuando se conduce un vehículo de motor o ciclomotor si:
- Se ha perdido la vigencia del permiso o licencia (por ejemplo, porque haya caducado),
- o por la pérdida total de los puntos asignados al carné (por ejemplo, por la imposición de diversas multas de tráfico),
- o porque un juez nos haya privado del permiso o licencia de conducción (por ejemplo, al ser condenado por un delito de alcoholemia),
- o porque nunca se haya obtenido el permiso o licencia de conducción.
En todas esas circunstancias (pérdida de vigencia, pérdida de puntos, retirada por el juez o inexistencia de permiso), la persona afectada tiene prohibido conducir vehículos a motor o ciclomotor.
Podemos ayudarle, consulte con nuestro abogado
¿Cuál es la condena por conducir sin carné?
La condena por delito de conducción sin carné puede ser alguna de estas:
- Prisión de 3 a 6 meses,
- o multa de 12 a 24 meses,
- o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
Si en el juicio rápido aceptamos nuestra culpabilidad, las penas se nos reducirán en un tercio, con lo que quedarían así:
- Prisión de 1 a 4 meses,
- Multa de 8 a 17 meses,
- Trabajos en beneficio de la comunidad de 20 a 60 días.
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¿Cómo es el juicio rápido por conducir sin carné?
Los delitos de conducción sin carné se juzgan a través del procedimiento llamado juicio rápido, que se regula en el artículo 795, y siguientes, de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Para el juicio rápido por conducción sin carné es obligatorio tener abogado e ir al juzgado con nuestro abogado penalista.
En realidad, el juicio rápido no es un juicio como se imagina, sino que se trata de un conjunto de actuaciones que se hacen en la sección de instrucción del Tribunal de Instancia, que suele estar en funciones de guardia.
Tenemos un artículo más detallado sobre el juicio rápido. Para los juicios rápidos por conducción sin carné, las fases más importantes son:
- El policía o guardia civil, una vez que nos ha parado y ha verificado que no disponemos de carné de conducir vigente o de licencia, nos denunciará y nos facilitará un acta de derechos y una citación con el día y hora en que debemos acudir a la sección de instrucción de guardia en el Tribunal de Instancia.
- El día indicado tendremos que acudir al juzgado con nuestro abogado. En el juzgado le darán a nuestro abogado el atestado policial y todas las pruebas que figuren en el expediente judicial.
- Nuestro abogado valorará las pruebas y pensará si existe alguna posibilidad de defensa. Si no hay posibilidad de defender nuestra inocencia, nos recomendará aceptar la conformidad con una condena rebajada.
- Si aceptamos la conformidad, nuestro abogado hablará con el Fiscal para negociar una pena y su correspondiente reducción.
- Nos darán el escrito de acusación del Fiscal en el que se detallen los hechos por los que se nos acusa, las pruebas que se proponen y la pena que se pide (generalmente, multa).
- Si estamos conformes, entraremos a la sala de audiencias del Tribunal, con el juez presente, donde aceptaremos la conformidad con la pena, que se nos reducirá en un tercio.
- En pocos días nos notificarán, desde la sección de ejecuciones del Tribunal, el trámite para que paguemos la multa.
No siempre hay que aceptar la culpabilidad y la pena que propone el Fiscal. Nuestro abogado penalista nos recomendará ir a juicio, si detecta que hay otras anomalías en el expediente judicial o si el asunto se puede defender.
En el caso de que no aceptemos nuestra culpabilidad en la sección de instrucción del Tribunal de Instancia, tendremos que ir a juicio en la sección penal del Tribunal de Instancia. A este juicio nos citarán en las próximas semanas o meses, dependiendo de lo saturado que esté la sección que nos toque.
Este juicio en la sección penal sí será un juicio completo, pues se practicará la prueba y el Fiscal y nuestro abogado tendrán que realizar un alegato defendiendo sus posturas.
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¿Necesito abogado para un juicio rápido por conducir sin carné?
Sí, para los juicios rápidos por conducir sin carné el abogado es obligatorio.
No se puede ir a un juicio rápido sin abogado.
Si no contratamos un abogado, el día que vayamos a la sección de instrucción del Tribunal de Instancia nos asistirá un abogado del turno de oficio.
El abogado de oficio no siempre es gratis. Sólo será gratis para aquellas personas que tengan unos ingresos anuales por debajo de 14.000 euros, aproximadamente. El resto de personas, aunque el abogado que les asista sea de oficio, tendrán que pagarlo.
¿Por qué es bueno contratar un abogado particular?
Nuestra recomendación siempre es contratar un abogado penalista que nos defienda, como el de nuestro despacho. Esto hay que hacerlo lo antes posible, al día siguiente de que la policía nos dé la citación para ir al juzgado de guardia, pues así podremos preparar bien nuestra defensa.
Nuestro abogado le puede asistir en los Tribunales de toda la Comunidad de Madrid.
Disponer de su propio abogado particular le permite preparar su caso y su defensa de forma anticipada. Por ejemplo, si usted obtuvo su carné de conducir en otro país y está vigente, esta puede ser defensa para que no le condenen por este delito.
En caso de no contratar un abogado, usted acudirá al Tribunal y allí conocerá al abogado del turno de oficio ese mismo día, quien ya no podrá ayudarle adecuadamente, porque no habrá sabido con anterioridad cuáles son sus circunstancias personales y qué pruebas era necesario practicar para poder defenderle bien.
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¿Cuánto tiempo tarda en salir un juicio por conducción sin carné?
El tiempo en que tarda en salir un juicio por conducción sin carné varía. Si la citación para ir a la sección de instrucción del Tribunal de Instancia nos la han hecho en un Tribunal de capital de provincia, puede pasar una semana.
En ciudades más pequeñas, es posible que a los pocos días nos citen para ir al Tribunal.
En cualquier caso, los tiempos dependerán de la saturación de los Tribunales.
Una vez en el Tribunal, la tramitación del juicio rápido suele durar entre 30 y 40 minutos, siempre que el funcionamiento del Tribunal sea puntual.
¿Cuánto son las costas de un juicio rápido por conducción sin carné?
Las costas por un juicio por conducción sin carné son mínimas, al no haber acusación particular (abogado de la acusación) al que pagar sus honorarios.
En algunos casos, si se pide un perito para alguna cuestión concreta, tendremos que pagar la minuta del perito, aunque en este tipo de juicios es rarísimo.
En general, en los juicios rápidos por conducción sin carné no hay que pagar costas, sólo los honorarios de nuestro abogado y del procurador, cuando este último es necesario.
La multa por conducción sin carné, ¿tiene descuento?
Esta es una pregunta habitual. La multa penal por el delito de conducción sin carné tendrá “descuento” dependiendo de si usted reconoce los hechos y se confiesa culpable.
En realidad, no se puede hablar de “descuento” en la multa (por eso lo entrecomillo), sino de reducción. Y esta minoración en el importe de la multa sólo se producirá si acepta su culpabilidad en la sección de Instrucción del Tribunal de Instancia.
La reducción del importe de la multa sólo será posible si aceptamos la oferta que el Fiscal nos haga en la sección de instrucción. Esto se llama conformidad y supone la reducción de la multa en un tercio.
Por ejemplo, la multa mínima, si usted va a juicio y le condenan, sería de 12 meses a razón de 6 euros diarios. Esto equivale a 2.160 euros. Sin embargo, si usted reconoce los hechos en la sección de instrucción del Tribunal (lo que significa que no irá a juicio), la multa se reduce en un tercio, pasando a ser de 8 meses a razón de 6 euros diarios, es decir, 1.440 euros. Como ve, la rebaja por confesarse culpable es de 720 euros.
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